este Juzgado del Municipio Díaz de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decide:
PRIMERO: Se declara con lugar la presente demanda por cumplimiento de Contrato de Seguros que intentó el ciudadano JAVIER MAURICIO HERNÁNDEZ, colombiano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° E-81.361.112, apoderado del ciudadano JUAN ESTEBAN SIERRA HERNÁNDEZ, colombiano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° E-84.412.762, según poder otorgado por ante la Notaria Pública de Pampatar en fecha 21 de Mayo de 2009, bajo el N° 26, Tomo 46 de los Libros de Autenticaciones, asistido en este acto por el abogado Melchor Andreani, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.433.713, Inpreabogado N° 118.668, contra la COOPERATIVA DE SEGUROS COMUPRE R.L o COOPERATIVA SEGUROS COMUPRE S.R.L., Inscrita en el Registro Mercantil VI de la Circunscripción Judici.....