En Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Impartir HOMOLOGACIÓN, al DESISTIMIENTO realizado por la Abogado en Ejercicio, Dra. KATIUSKA RESENDE LANZA, Venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 84.386; actuando en su carácter de Apoderada de la Administradora del Condominio del CONJUNTO RESIDENCIAL LOS UNIVERSITARIOS, parte demandante.- SEGUNDO: Se Suspende la Medida de Embargo Ejecutivo Decretada en fecha 20 de Noviembre de 2.003 y practicada por el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, Maneiro, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en fecha 11 de Febrero de 2.003, ofíciese lo conducente al Ciudadano Registrador Subalterno.- TERCERO: Se ordena devolver los anexos originales, que corren insertos del folio Cuarenta y Dos al Cincuenta y Cinco, ambos inclusive, previa su certificación en autos, de acuerdo a los Artículos 1.....