esta Sala de Juicio Única del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en la persona de la Juez Unipersonal Nº 2 Temporal, DECLARA INADMISIBLE la solicitud de Divorcio 185-A presentada por los Ciudadanos Jerson Octavio Dávila Araque y Neila Ysabel Carballo Hidalgo, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-4.468.918 y V-6.819.138, respectivamente, debidamente asistidos por la Abg. Margarita Chitty de Andara, Inpreabogado Nº 24.997, en consecuencia, se acuerda el cierre definitivo de la presente causa y su remisión al Archivo Regional. ASI SE DECIDE.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio Única del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, con sede en La Asunción, a los siete (07) días del mes de Abril del año Dos Mil Seis (2.006). Años 195º de la Independencia y 147º de la Fe.....