En consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda El Reposo Domiciliario Al Acusado SANTOS AMADOS RAMIREZ, ampliamente identificado en autos, y deberá cumplirlo en la siguiente dirección: urbanización Pedro Luis Briceño, Vereda 11, Casa No. 4, Segunda Etapa, frente al Módulo Policíal, Municipio García del Estado Nueva Esparta, por un lapso de VEINTIUN (21) DIAS CONTINUOS, contados a partir del dia de hoy CINCO (5) DE DICIEMBRE DE DOS MIL ONCE (2011) y vence el VEINTISEIS (26) DE DICIEMBRE DE DOS MIL ONCE (2011), debiendo ser trasladado a la sede de la Comisaría de Porlamar del Instituto Neoespartano de Policía.al día siguiente de su vencimiento, salvo que su estado de salud amerite un nuevo reposo, previamente sugerido por el médico tratante y ratificado por la Medicatura Forense, y a su vez, a.....