Quedando establecido de la siguiente manera, OBLIGACION DE MANUTENCION: El padre aportara la cantidad de Cuarenta Mil Bolívares (Bs. 40.000,00) pagaderos de forma mensual, en efectivo o en compra de víveres, y artículos personales y en la cual será entregado directamente a la madre. Sin perjuicio de aportar cada vez que pueda, dinero extra los demás días del mes para otra cosa de la niña, y las necesidades que esta tenga de improviso. En el mes de diciembre siendo la época de navidad el padre asumirá el 50% de los gastos de ropas y juguetes/ regalos correspondiente y la madre el otro 50% y manifiestan no tener ningún inconveniente al respecto. Al momento de que la niña inicie la época escolar ambos padres asumirán los gastos de la lista escolar y de uniformes de la niña. En cuanto a los gastos extras que se ocasionen por concepto de gastos médicos, exámenes de laboratorio cada uno de los padres asumirán el 50% de los gastos. En tal virtud, este despacho judicial ADMITE la misma por no .....