En Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Impartir HOMOLOGACIÓN, a la TRANSACCION realizada por la LUIS GABRIEL ROMERO GAVIDIA, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 123.371, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil TERRANOVA MARKET CENTER, inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, el 14 de Octubre de 1.997, bajo el N° 06, Tomo 6-A, de este domicilio y por la otra parte el abogado FELIX GUILLERMO RODRIGUEZ TIRADO inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 9.357, en su carácter de apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil SOCIEDAD MERCANTIL HOTEL BELLA VISTA C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil primero de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, el 25 de Febrero de 1997, bajo el N° 263, Tomo 1, adicional 4, de este domicilio parte demandada, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código.....