En Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Impartir HOMOLOGACIÓN, a la TRANSACCION realizada por la Dra. CRUZ YASMINA SALAZAR, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 27.846, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante y la ciudadana: MARILIANA DELGADO COLMENAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.956.642, debidamente asistida por los abogados en ejercicio HONEY MARILU PEREZ NAVARRO y WILFREDO JOSE COELLO M, Parte Demandada de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.- SEGUNDO: Téngase dicha Homologación como Sentencia Pasada con Autoridad de Cosa Juzgada. Se deja abierta la causa hasta tanto la parte demandada cumpla con la Transacción pactada en el presente juicio y en su oportunidad archívese del presente expediente.- Cúmplase.-