En consecuencia, este Tribunal de Primera en funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: CONMUTA el resto de la pena que le queda por cumplir al penado HERNAN DEL VALLE NAVARRETTE, por CONFINAMIENTO, fijando su residencia en la dirección indicada, por un lapso que durará desde la presente fecha, hasta el día 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005, MAS CUATRO (04) HORAS, fecha en la cual cumple la totalidad de la pena principal impuesta, y a partir de dicha fecha hasta la el día 10 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2006, MAS CUATRO (04) HORAS, fecha del cumplimiento de las penas accesorias, deberá presentarse ante la Prefectura del Municipio correspondiente a la entidad donde residirá, con la periodicidad que determine la primera Autoridad Civil, la cual no podrá exceder de una vez por día ni menos de una vez por semana, todo de conformidad c.....