Esta Corte de Apelaciones declara: PRIMERO: Admite y declara SIN LUGAR la inhibición expresada por la abogada MARIA LETICIA MURGUEY, en su condición de Jueza Integrante de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, en el asunto OP04-R-2016-000302, con fundamento en los artículos 89.7 y 90 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Conforme a la sentencia de carácter vinculante Nº 1.175 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 23 de noviembre de 2010, con ponencia de la Dra. Carmen Zuleta de Merchán, publicada; se ordena la notificación inmediata de la Abogada MARIA LETICIA MURGUEY, Jueza Integrante de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, Y se le ordena a la Dra. MARIA LETICIA MURGUEY recabe el Asunto N° OP04-R-2016-000302 y lo siga conociendo.