Esta Jueza del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar Con Lugar la Solicitud incoada por la ciudadana Arlenis del Valle Ferrer Salcedo, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V.- 10.204.131. SEGUNDO: Se AUTORIZA a la referida ciudadana, para que en nombre y representación de sus hijos, proceda a la venta de un vehiculo MARCA: Jeep; MODELO: Cherokee Limite, CLASE: Camioneta; TIPO: Sport Wagon; PLACA: DCE37C, AÑO: 2006; SERIAL DE CARROCERIA: 8Y4GL58K761109160; SERIAL DEL MOTOR: 6 CIL; USO: Particular; SERVICIO: Privado; NRO DE EJES: 2; COLOR: Rojo; TARA: 1829. TERCERO: Se insta a la solicitante a que una vez que realice la venta consigne copia del documento a los fines de que conste en autos dicha transacción. Así se Decide