Decisión.
En mérito de los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, éste Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: En lo que respecta a la solicitud de "Nulidad y Reposición" realizada por la Actora Ejecutante, esta Superioridad, acogiendo los principios jurisprudenciales de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, aprecia que sería inútil e injustificada la misma, toda vez que media en fecha posterior un acto jurídico válido como lo es el "Desistimiento" tanto de la acción como del procedimiento efectuado por la misma parte solicitante (Actora Ejecutante) que procura la resolución del conflicto de fondo, de forma imparcial, idónea, transparente, independiente, expedita y sin formalismos o reposiciones inútiles tal como lo preceptúan los Artículos 26 y 257 de nuestra Carta Mag.....