Por todos los razonamientos anteriormente expuestos la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACION DE AUTO, interpuesto en fecha seis (6) de Marzo del año dos mil siete (2007), por el representante de la Defensa Privada, Abogado Luis Rafael Perfecto, fundado en el artículo 447 numerales 5° y 6° del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: CONFIRMA LA DECISION JUDICIAL (AUTO) dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, en fecha veintidós (22) de Febrero del año dos mil siete (2007), mediante la cual Ratifica el Auto de Ejecución de Sentencia, en la causa incoada contra el penado Ciudadano Fernando Jhonny Brito Rodríguez, identificado en autos, quien fue declarado culpable y en consecuenc.....