En Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones Titulo Suficiente para asegurar su condición como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de cujus DELVALLE MARTINA CARRILLO DE GONZALEZ a su esposo ciudadano ARGENIS RAMON GONZALEZ TOVAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-3.731.249, y quien actúa en su propio nombre y en el de sus hijos: ARGELIA JACINTA GONZALEZ CARRILLO, INES DEL VALLE GONZALEZ CARRILLO, CRISTINA DEL VALLE GONZALEZ CARRILLO y CLARA VICENTINA GONZALEZ CARRILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.V- 14.055.594, V-14.055.593, V-17.418.322 y V- 18.940539 domiciliados en el Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, casado el primero, hijos los restantes.-------