V.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por el ciudadano JULIO CESAR GARCIA CAZORLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-18.401.783 contra la ciudadana YELITZA DEL VALLE ALCALA GUATARAMA venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.265.616-
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ellos en fecha 25 de noviembre de 2019, ante el Registro Civil de la parroquia Aguirre del Municipio Maneiro del estado Bolivariano de Nueva Esparta, según consta del Acta Nº 58, folio 58, Tomo I, inserta en los libros de Matrimonios correspondiente al año 2019.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, DÉJESE COPIA CERTIFIC.....