PRIMERO: SE ADMITE la Demanda por Cumplimiento de Contrato Verbal de Opción de Compra-Venta, incoada por la ciudadana Daysi Coromoto Rodríguez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.392.412, domiciliada en la Calle Principal de El Tirano, Casa de color azul, adyacente al Centro de Diagnostico Integral del referido Sector, Municipio Antolin del Campo del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, representada judicialmente por el Abogado José Valdivino Rodríguez, titular de la cédula de identidad Nº V-15.023.747, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nº 209.186, contra la ciudadana Meris Omaira Fermín Malavè, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.051.943, domiciliada en el Edificio Maria Inés, Piso Nº 7, Apartamento Nº 73, Urbanización El Márquez, Avenida Rómulo Gallego entre Calle Nº 5 y Guicaipuro, Municipio Sucre, Estado Miranda.
SEGUNDO: Se ordena el emplazamiento de la parte demandada, la ciudadana.....