éste TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ARISMENDI, ANTOLIN DEL CAMPO Y GÓMEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA, ADMINISTRANDO  JUSTICIA  EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA  DE  VENEZUELA  Y  POR  AUTORIDAD  DE  LA  LEY.  Declara  TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a  favor  de  la  ciudadana 
HAYMARUBY DEL CARMEN MILLÁN ADRIÁN, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.669.405, de éste domicilio, sobre Un (01) inmueble de Dos (02) niveles, antes descrita en el presente Decreto y enclavadas sobre un (01) lote de terreno de su propiedad, dejando a salvo los derechos de terceros, y se advierte que la presente declaratoria basada en declaraciones de testigos, de quienes se presume la buena fe y de los recaudos consignados como anexos, en ningún caso causará efecto de Cosa Juzgada y que perderá toda eficacia o valor jurídico, para el caso de que se demuestre la inexacti.....