Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes explanados este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA la solicitud de entrega directa o plena que fuera introducida en tiempo hábil por el ciudadano WILLIANS JOSE ARISTIMUÑO ESPINOZA, de nacionalidad Venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-5.119.370, debidamente asistido por la ciudadana Abg. Vanesa Aristimuño abogada en ejercicio, del vehículo NISSAN, Modelo SENTRA, Color BLANCO, Placa 012058, Año 2007, serial de carrocería 31EB21S67K354113, clase AUTOMOVIL, Tipo SEDAN, Uso PARTICULAR, tal como lo solicitara en escrito que interpusiera en su oportunidad legal; todo de conformidad con el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los Artículos 13 y 311 ambos del Código Or.....