Con lugar la solicitud de divorcio fundamentada en el Artículo 185-"A", del Código Civil, presentada por los ciudadanos BELKY JOSEFINA HURTADO REYES y GUSTAVO ELISEO CARNEVALI SALVATIERRA, venezolanos, mayores de edad, identificados con la cédulas de identidad Nros V- 6.375.090 y 3.176.793, respectivamente.--------------------------------------------------------
DISUELTO, el vínculo matrimonial que los unía contraído por ellos en fecha 16 de octubre de 1987, por ante Jefatura Civil de la Parroquia candelaria, Municipio Libertador del Distrito Federal , según consta de acta inserta bajo el N° 187, del Libro de Registro Civil de Matrimonio, llevado por ante esa Oficina, en un todo conforme con lo previsto en el Artículo 185-"A", del Código Civil.