III.-DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Se ordena llamar al presente juicio en calidad de tercero, a la cónyuge del ciudadano WAHID AL CHAMI AL CHAMI, titular de la cédula de identidad N° 13.279.539, con el objeto de que exprese lo que estime necesario sobre la demanda, las pretensiones del actor, y más concretamente sobre la instauración y continuación del proceso.
SEGUNDO: se exhorta al actor a los efectos de que suministre la identificación exacta de la persona que integrara dicho litisconsorcio y aporte todos los documentos que sean necesarios para ordenar su citación, señalando o indicando igualmente la dirección donde ésta pueda ser localizada, tal como se señalará en forma .....