EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, oídas todas y cada de las partes, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: En cuanto a la calificación del Procedimiento, este tribunal comparte la calificación fiscal, ya que el hecho que originó el inicio de la investigación, requiere investigarse a profundidad, a los fines del esclarecimiento de la verdad, tal como lo pauta el artículo 13 del Código Orgánico Procesal Penal, ....... En consecuencia se acuerda decretar el Procedimiento Ordinario de conformidad con lo dispuesto en los artículos 551 al 561 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Así se decide. SEGUNDO: En relación a la precalificación fiscal dada al delito, HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE COMPLICIDAD NECESARIA previsto en el artículo 405 en relación con el artículo 424 ambos del Código Penal; en tal sentido acepta la precalificación fiscal, toda vez que de la declaración de la testigo presencial, re.....