REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO
En horas de despacho del día de hoy, primero (1°) de septiembre del año dos mil veintiuno (2021), comparece ante éste Tribunal la Abg. CECILIA FAGUNDEZ PAOLINO, en su carácter de Jueza Temporal del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, y expone: “Por cuanto de la revisión del libelo de la demanda así como de los recaudos consignados como anexos se desprende que la parte actora es la sociedad mercantil CONSTRUNOVA, C.A., la cual se encuentra representada por su Gerente General, el ciudadano CARLOS JOSE LEIROS PAMPINELLA, siendo éste quien le otorgó el poder para actuar en este juicio a los abogados LORENA TERESA RODRIGUEZ MARVAL y JESUS ENRIQUE LINARES MENDOZA, y tomando en consideración que el referido ciudadano es accionista de la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA METROPOL, C.A., empresa en la cual el abogado MANUEL CAMEJO ostenta el cargo de Vicepresidente Corporativo, siendo un hecho público y notorio en el foro judicial de éste Estado que mantengo una relación sentimental de hecho seria y estable desde hace mas de 10 años con el mencionado profesional del derecho, estimo que el contexto narrado si bien no encuadra dentro de las causales típicas que enumera el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, puede poner en duda mi imparcialidad ante las partes intervinientes en este proceso, por lo cual con el objeto de garantizar a los litigantes de este proceso una justicia objetiva y transparente, evitando situaciones que puedan generar el mínimo de incertidumbre sobre mi imparcialidad, me INHIBO de continuar conociendo la presente causa.
Solicito a la Juez Superior que corresponda conocer la presente incidencia, que al momento de decidir la misma, de aplicación al fallo emitido en fecha 29.11.2000 por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en el cual se estableció una presunción de veracidad respecto a los hechos alegados por el juez en el acta de inhibición.
Esta inhibición obra en contra la parte demandada en la presente causa, ciudadana ALIX REBECA BRACAMONTE ARMAS. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA TEMPORAL,
CECILIA FAGUNDEZ PAOLINO.
LA SECRETARIA,
RAIDA PIÑA LÓPEZ.
CFP/rp.
Exp. N° T-2-INST-12.527-21.