REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA.
La Asunción, 28 de abril de 2021.-
210° y 161°


Vista la diligencia presentada vía digital en fecha 16 de abril de 2021, y recibida en físico el día 26 de abril de 2021, por la abogada en ejercicio CARMEN E. ROZKIEWICZ BELLO, inscrita en el INPREABOGADO N° 55.835, mediante la cual solicita se libre oficio de suspensión de la medida decretada en fecha 4 de abril de 2018 (folios 14-18 c.med), por cuanto se encuentra firme la sentencia emitida por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta; este Juzgado acuerda en conformidad con lo solicitado, en consecuencia ordena librar oficio Registro Público del Municipio Mariño del estado Bolivariano de Nueva Esparta, a los fines, que vista la decisión dictada por el Juzgado antes mencionado, este Tribunal ordena suspender la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, decretada en fecha 4 de abril de 2018, y participada a ese Despacho mediante oficio N° 0970-16.872. Líbrese oficio. Por último, se ordena remitir vía correo electrónico el presente auto a la parte demandada en formato PDF, al correo dra.carmenrozkiewiicz@hotmail.com, teléfono 0414-7948178. Cúmplase