TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MANEIRO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA.- Pampatar, veintinueve (29) de octubre de dos mil diecinueve. (2019).-

209° y 160°
Vista las diligencias suscrita por la abogada CORINA TRIVELLA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 33.646, actuando como apoderada judicial del ciudadano MIGUEL FRANCISCO CONDE DE SANTIS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 6.203.582, parte demandada en la presente causa, mediante la cual manifiesta que consigna dos (2) juegos de llaves que dan acceso al inmueble objeto del presente juicio, entregado de manera voluntaria, a los fines de que sean entregadas a la parte actora, solicitando que una vez recibidas las llaves por la parte actora se de por terminado el juicio y se ordene el archivo del expediente. De igual manera, la abogada BRENDA CRUCES inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 118.657, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora ciudadano JOSÉ EDUARDO CHAVEZ DO GANIERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-6.499.162, manifiesta que recibe las llaves consignadas por la apoderada de la parte demandada, que dan acceso al inmueble y solicita se de por terminado el juicio y se ordene el archivo del expediente. En consecuencia, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Maneiro de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, homologa el convenimiento efectuado, da por concluidas estas actuaciones, ordena su archivo y acuerda remitir el expediente mediante oficio al Archivo Judicial de esta Circunscripción para su resguardo. Intégrese al legajo correspondiente. De igual manera, visto lo manifestado por la parte demandada en relación a que se oficie al Juzgado Superior Contencioso Administrativo, por cuanto se evidencia el desinterés de la parte recurrente, en el traslado hacia la sede del referido Juzgado del expediente contentivo del recurso administrativo de nulidad con solicitud de medida cautelar interpuesto en contra del la Superintendencia Nacional de Arrendamientos del estado Nueva Esparta, el cual versa sobre el acto administrativo celebrado en relación al inmueble objeto de desalojo, ya entregado de manera voluntaria; se ordena agregar copia certificada del presente auto en el expediente Nro. 2017-2657 de la nomenclatura interna de este Tribunal dándolo por terminado igualmente. Cúmplase.-
El Juez,

Dr. José Gregorio Pacheco,
La Secretaria,

Abg. Yennifer Soto Velásquez
Interlocutoria con Fuerza Definitiva Nro. 2019-3254
Exp. 2017-2655
Irays