JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÀNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA.
La Asunción, 31 de octubre de 2019.
209° y 160°

Visto lo solicitado por los apoderados judiciales en escrito de fecha 7 de octubre de 2019, y vista la homologación dictada en la presente causa de fecha 23 de octubre de 2019; el Tribunal acuerda con lo solicitado y ordena las copias certificadas solicitadas de la homologación dictada, en el presente juicio que por NULIDAD ABSOLUTA DE DOCUMENTO O INEXISTENCIA, incoado por el ciudadano JUAN C. SAAVEDRA contra el ciudadano ANDRÉS L. HERNÁNDEZ. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y visto que la presente causa, quedó homologada; este Tribunal ordena suspender la medida Innominada de Protección de la Posesión, a favor de la parte actora, decretada en fecha 30 de noviembre de 2015. Líbrese oficio. Cúmplase.-
LA JUEZ PROVISORIA,

Abg. ADELNNYS VALERA CARRILLO.
EL SECRETARIO,

Abg. FELIX J. VILLARROEL V.
En esta misma fecha se le da cumplimiento a lo ordenado. Conste.
EL SECRETARIO,


Abg. FELIX J. VILLARROEL V

AVC/FJVV/José
EXP: 25.676