JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA.
La Asunción, 26 de noviembre de 2019
208º y 160º
Vista la diligencia suscrita en fecha 15 de noviembre de 2019, por el abogado ORLANDO JOSE GOMEZ LUNA, con Inpreabogado Nº 149.257, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, en la cual solicita se de inicio al procedimiento de ejecución del fallo; este Tribunal observa que este Juzgado en fecha 21-6-2018, dictó sentencia declarando Inadmisible la presente demanda, así como la nulidad del auto de admisión de la demanda; siendo apelada la referida decisión, y el Juzgado Superior de este Estado en fecha 18-9-2018, emitió fallo declarando sin lugar el recurso de apelación ejercido por la parte actora, confirmando la sentencia dictada por este Despacho. Posteriormente, el 01-10-2018, la parte actora anunció Recurso de Casación contra la sentencia dictada por el referido Juzgado Superior, y la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, declara Perecido dicho recurso en fecha 04-7-2019. Precisado todo lo anterior, este Tribunal definitivamente firme como ha quedado la sentencia dictada por este Despacho, que declaró Inadmisible la demanda, Niega lo solicitado por el abogado diligenciante, por cuanto no procede ejecución alguna. Así se establece.-
LA JUEZA PROVISORIA,
Dra. ADELNNYS VALERA CARRILLO
EL SECRETARIO,
Abg. FELIX VILLARROEL.
Expediente N° 25.565
AVC/fv/mcf.-
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