REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA
La Asunción, Veinticuatro (24) de Mayo de 2018
207º y 159º
Vistas las anteriores actuaciones, y en especial la diligencia de fecha 22 de Mayo de 2018, suscrita por el Abogado Julio Ostos, titular de la cédula de identidad Nº V-8.395.463, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nº 62.326, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora en la presente causa, mediante la cual ocurre y expone lo siguiente: “Solicito me sean devueltos los recaudos originales consignados en la presente causa, a los efectos de sacar las copias y consignarlas ha este Tribunal, juro la urgencia del caso”. Asimismo, por cuanto el mencionado Abogado consignó las respectivas copias simples de los folios 05 al 21 del presente expediente, y en virtud de que lo solicitado por el diligenciante es pertinente, se acuerda previa sustitución de los originales en el expediente por las copias debidamente certificadas por la Secretaría de este Juzgado Agrario, todo ello, de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.-
EL JUEZ
ABOG. JORGE HUERTA POLIDOR
EL SECRETARIO
ABOG. WILDEL MARCANO GONZÀLEZ
Exp. Nº A-0058-18.-
JHP/Wmg.-