REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y MARITIMO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA.
La Asunción, 16 de marzo de 2018.
207° y 159°
Vista las actas que integran el presente expediente, signado con el N° 24.426, contentivo del juicio que por SANEAMIENTO LEGAL POR DEFECTO DE CONSTRUCCIÒN Y VICIOS OCULTOS, interpusieran los ciudadanos MIGUEL MALTE FRITZ HAUSCHILD GROENING Y LUCILA PANTIN DE HAUSCHILD, contra la Sociedad Mercantil INVERSIONES T.B.C. MARGARITA C.A., y vista la diligencia que antecede suscrita por la abogada MARÌA FERNÀNDEZ, quien actuando con su carácter acreditado en autos, solicitó se proceda a la ejecución forzosa de la sentencia dictada por este Juzgado, y revisadas exhaustivamente como han sido las presentes actuaciones se evidencia que se encuentra vencido el lapso de tres (03) días de despacho para que la parte demandada ejerciera el cumplimiento voluntario de Ley correspondiente, según se evidencia del auto dictado en fecha 01 de marzo de 2.018, sin que ello haya ocurrido, este Tribunal a tales efectos, de conformidad con lo descrito en el artículo 526 del Código de Procedimiento Civil, ordena la ejecución forzosa. Es por todo lo anteriormente expuesto que este Tribunal ORDENA a la Sociedad Mercantil INVERSIONES T.B.C. MARGARITA C.A., a cumplir con la reparación de todos los vicios de construcción de la que adolece el inmueble identificado penthouse Salinas 11 (PHS-11) que forma parte de la Segunda Etapa del Conjunto Monpatare Las Terrazas, ubicado en el módulo 11, en el Cerro Punta Ballena, Pampatar, Municipio Autónomo Maneiro del estado Bolivariano de Nueva Esparta, con una superficie de Ciento Noventa Metros Cuadrados (190 MTS2) con Catorce Metros Cuadrados (14,00 MTS2) de terraza descubierta, para lo cual se ordena la respectiva notificación mediante oficio de la referida Sociedad Mercantil. Cúmplase.
LA JUEZA PROVISORIA,
Abog. ADELNNYS VALERA CARRILLO.
EL SECRETARIO,
Abog. FÈLIX JOSÈ VILLARROEL VARGAS.
En esta misma fecha, se libró oficio ordenado. Conste.-
EL SECRETARIO,
Abg. ADELNNYS VALERA CARRILLO.
Expediente N° 24.426