REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA
La Asunción, Seis (06) de Junio de 2018
207º y 159º

Vistas las anteriores actuaciones, y en especial la diligencia de fecha 06 de Junio de 2018, suscrita por el Abogado Gaspar Dubois Arismendi, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nº 31.761, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora en la presente causa, mediante la cual ocurre y expone lo siguiente: Solicito respetuosamente de este Tribunal que previa su certificación en autos, me sean devueltos en original los recaudos que cursan a los folios del seis (06) al cincuenta y cuatro (54), ambos inclusive; así como solicito me sea expedida una copia certificada de los recaudos que cursan a los folios del noventa y uno (91) al noventa y tres (93)”. Asimismo se deja constancia, que el mencionado Abogado consignó las respectivas copias simples de los mencionados folios del presente expediente, y en virtud de que lo solicitado por el diligenciante es pertinente, se acuerda previa sustitución de los originales en el expediente por las copias debidamente certificadas por la Secretaría de este Juzgado Agrario, todo ello, de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. De igual manera, se acuerda la copia certificada solicitada de los folios 91 al 93 de la primera pieza del presente expediente, para el día viernes 08 de junio de 2018, de acuerdo con los precitados artículos. Cúmplase.-

EL JUEZ

ABOG. JORGE HUERTA POLIDOR
EL SECRETARIO

ABOG. WILDEL MARCANO GONZÀLEZ

Exp. Nº A-0056-17.-
JHP/Wmg.-