REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA
La Asunción, Veintisiete (27) de Junio de 2018
Años 208° y 159°
Por recibido el presente Escrito Libelar, constante de dos (02) folios útiles, con sus respectivos anexos conformados por catorce (14) folios útiles, contentivo de la Demanda de Daños y Perjuicios, incoada por el Abogado Franklin Ellys Prada, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.446.829, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nº 173.939, en su condición de Apoderado Judicial del ciudadano LUIS MATIAS INFANTE REYES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.752.710, domiciliado en la Calle Alto Rosa, Sector El Cardòn, Municipio Antolin del Campo del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, contra la ciudadana ALEJANDRA JOSÈ HIDALGO PERALTA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.418.741, domiciliada en la Calle Alto Rosa, Casa La Trinitaria, Sector El Cardòn, Municipio Antolin del Campo del Estado Bolivariano de Nueva Esparta. En consecuencia, désele entrada y anótese en los libros respectivos de este Juzgado Agrario, bajo el expediente Nº A-0061-18.-
El Juez
Abg. Jorge Huerta Polidor
El Secretario
Abg. Wildel Giovan Marcano González
En esta misma fecha (27-06-2018), se le dio entrada al presente expediente asignándosele el Nº A-0061-18.- Conste.-
El Secretario.
Abg. Wildel Giovan Marcano González
Exp. Nº A-0061-18.-
JHP/Wm.-