REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA
La Asunción, Dieciséis (16) de Julio de 2018
Años 207° y 160°

Vistas las anteriores actuaciones, y en especial la decisión proferida por este Juzgado Agrario en fecha 02 de Julio de 2018, cursante a los folios 19 al 26 del cuaderno de medidas del presente expediente, mediante la cual se decretó Medida Preventiva de Enajenar y Gravar sobre el Buque Pesquero denominado “ENRIMAR”, con Matricula Nº ARSH 4979/YYP-5643, en tal sentido, este Juzgador actuando en su condición de Director del Proceso, de conformidad con lo previsto en el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, y en aras de garantizarle a las partes la tutela judicial efectiva, el debido proceso y el derecho a la defensa consagrados en los artículos 21, 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ordena remitir Copia Certificada de la precitada Medida Preventiva a la Capitanía de Puerto de Pampatar de la Circunscripción Acuática del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, a los fines legales subsiguientes. Líbrese el respectivo oficio. Cúmplase.-

EL JUEZ

ABG. JORGE HUERTA POLIDOR
EL SECRETARIO

ABG. WILDEL MARCANO GONZÁLEZ

En esta misma fecha (16-07-2018) se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede. Conste.-


EXP. N° A-0060-18.-
JHP/Wmg.-