REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA
La Asunción, Once (11) de Julio de 2018
207º y 160º

Vistas las anteriores actuaciones, y en especial la diligencia presentada en fecha 03 de Julio de 2018, cursante al folio 114 del Cuaderno de Medidas del presente expediente, por el ciudadano JOSÉ ANTONIO VELÀSQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.672.282, asistido por el Abogado LUÍS MIGUEL ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.315.406, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nº 55.280, en su condición de Defensor Público Primero Agrario adscrito a la Unidad Regional de la Defensa Pública del Estado Bolivariano de Nueva Esparta. En consecuencia, este Tribunal Agrario, observa que la parte actora en la presente causa, se limitó a explanar una serie de hechos en la mencionada diligencia, sin anexar elementos probatorios en los cuales fundamente sus respectivas afirmaciones de hecho, en consecuencia, esta Instancia Agraria NIEGA lo peticionado por el diligenciante. Cúmplase.-

EL JUEZ



ABG. JORGE HUERTA POLIDOR
EL SECRETARIO



ABG. WILDEL MARCANO GONZÀLEZ





Exp. Nº A-0059-18
JHP/wm.-