REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA.
La Asunción, 27 de febrero de 2018
207º y 159º

Vista la diligencia de fecha 23 de febrero de 2018, suscrita por el abogado ALCIDES SALAZAR VILLARROEL, con Inpreabogado Nº 209.190, en su carácter acreditado en autos, en la cual solicita devolución de originales (fs. 4 al 8); el Tribunal actuando conforme con lo solicitado observa, visto que el presente juicio fue Inadmitido, se ordena la devolución, previa su certificación por Secretaría, de la copia certificada del Acta de Defunción que cursa a los folios del 4 al 5 ambos inclusive, de conformidad con los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. En cuanto a la devolución de los recaudos que cursan a los folios 6, 7 y 8, dichos recaudos fueron consignados en copias fotostáticas, motivo por el cual este Juzgado Niega dicha devolución; sin embargo se le aclara a la parte interesada que las copias simples no requieren de solicitud expresa. Cúmplase.-

Expediente Nº 25.520
AVC/fv/mcf.-