REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y MARITIMO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA.

La Asunción, 13 de diciembre de 2018.
207º y 158º

Vista las actas que integran el presente expediente, signado con el N° 22.428, contentivo del juicio que por DAÑOS MATERIALES Y LUCRO CESANTE, interpusiera el ciudadano GEOVAN RAFAEL RODRIGUEZ, contra la Sociedad Mercantil SEGUROS BANVALOR, C.A. y OTROS, y vista la diligencia que antecede de fecha 10.12.2018, suscrita por el abogado en ejercicio FRANK PINTO, quien actuando con su carácter acreditado en autos, solicitó se proceda al pronunciamiento respecto a que se efectúe nuevo reajuste a la indexación y la mora, en virtud de que los montos arrojados en la experticia que ya fuera practicada es insignificante a la fecha actual; ahora bien, al respecto este Tribunal observa que corre inserto a los folios que van del 224 al 231 de la segunda pieza del expediente, el informe de experticia que corresponde en el presente juicio, y como quiera que ciertamente ha transcurrido mas de un (01) año de que se emitiera el antes citado informe, sin que la parte diera el impulso procesal en la fase que le correspondía, tal y como consta del auto dictado por este Tribunal en fecha 18.12.2017, el cual riela al folio 235 de la segunda pieza del expediente, como lo es solicitar la respectiva ejecución de la sentencia dictada en su oportunidad legal, no siendo imputable a este Tribunal la falta de impulso procesal en el juicio, por lo que mal podría requerir una nueva experticia, motivo por el cual y dado a que hubo una abstención por parte del Tribunal respecto a que sean acumulados para el monto total a los efectos del embargo ejecutivo ordenados en la sentencia dictada, por cuanto lo que corresponde es solicitar la ejecución de la sentencia, este Tribunal niega la petición hecha por el abogado en ejercicio FRANK PINTO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 65.418. Conste.
LA JUEZA PROVISORIA,


Abog. ADELNNYS VALERA CARRILLO.

EL SECRETARIO,


Abog. FELIX JOSE VILLARROEL VARGAS.




Exp. N° 22.428
AVC/FJVV/vapd