TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCÍA, TUBORES, VILLALBA Y PENINSULA DE MACANAO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA. Porlamar Treinta (30) de Abril de 2018.-
208° y 159°

Vista la anterior solicitud y sus anexos presentado por el abogado ORLANDO JOSE GUTIERREZ SANCHEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 229.227, actuando como apoderado judicial de la ciudadana LILA AMERICA POVEA PARRA, este Tribunal a los fines pronunciarse sobre su admisión hace las siguientes consideraciones:
Señala el solicitante que construyó sobre una parcela de terreno, una (1) vivienda unifamiliar ubicada en la Urbanización Virgen del Valle Parroquia El Valle, distinguida por un tonw house con el nro. 228, jurisdicción del Municipio García del estado Nueva Esparta; en un terreno que le fue adjudicado el 14 de septiembre de 2009, por el consejo comunal nuestra Señora Del Valle de Conejeros por la unidad de vivienda y habitad y avalado y censado por la FUNDACION PARA EL DESARROLLO Y PROMOCION DE PODER COMUNAL (FUNDACOMUNAL), señalando a su vez que dicho terreno le pertenece a la ciudadana SULAY DEL CARMEN PALACIOS DE GONZALEZ.-
Por otra parte observa este Tribunal que señala el apoderado judicial que su representada es a su vez apoderada del ciudadano Anthony Yojhan Goncalves Salazar, según consta de poder el cual cursa a los autos, pero de la revisión del poder que acredita su representación no se desprende que el mismo lo haya otorgado la ciudadana LILA AMERICA POVEA PARRA, en nombre del ciudadano Anthony Yojhan Goncalves Salazar, por cuanto carece de facultades para sustituir el mismo.
Igualmente consta de los recaudos anexos: 1.- documento privado donde el ciudadano Henry Junior Faublack García F.P, declara que por orden y cuenta del ciudadano Anthony Yojhan Goncalves Salazar, construyó una vivienda unifamiliar ubicada en la Urbanización Virgen del Valle Parroquia El Valle distinguida por un Tonw House con el Nro. 228; y 2.- constancia emitida por el consejo comunal virgen del valle de conejeros unidad de habitad y vivienda, sector conejeros donde autorizan al ciudadano Anthony Yojhan Goncalves Salazar, para que haga uso de la parcela de terreno signada bajo el nro. 228, manzana VII del la Urbanización Virgen del Valle.
Ahora bien, como quiera que en lo solicitado existen discrepancia en cuanto al poseedor de las bienhechurías según lo antes señalado; este Tribunal juzga necesario a fin de garantizar la seguridad jurídica declarar improceden la presente solicitud en virtud de que no se ajusta a las exigencia de la normas para las procedencia de los títulos supletorios. Y así se decide.
DISPOSITIVA.
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE, la presente solicitud DE TITULO SUPLETORIO, presentada por el abogado ORLANDO JOSE GUTIERREZ SANCHEZ, actuando como apoderado judicial de la ciudadana LILA AMERICA POVEA SALAZAR.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, en la ciudad de Porlamar, a los Treinta (30) días del mes de Abril del año Dos Mil Dieciocho (2.018). Años 208º de la Independencia y 159º de la Federación.
LA JUEZA PROVISORIO

Abg. MARIANNY VELASQUEZ SALAZAR.
EL SECRETARIO

Abg. WILIAN RODRIGUEZ LEON.
MVS/wrl
Exp. 940-18