REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA.
La Asunción, 17 de abril de 2018
207° y 159°
Vista la diligencia de fecha 12 de abril de 2018, suscrita por el abogado JOSE VICENTE SANTANA, en su carácter acreditado a los autos, en la cual solicita se revoque el auto que designa defensor a la parte demandada; este Tribunal actuando de conformidad con lo solicitado, observa que en el auto y boleta de fecha 13-12-2017, en el cual se designa defensora ad-litem a la parte demandada, se incurrió en un error involuntario de forma al dejar asentado en dicho auto un extracto donde se mencionan unos apoderados que no se corresponden con esta causa y no fue advertido al momento para su debida corrección. En tal sentido, este Tribunal a los fines de subsanar dicho error, deja sin efecto, tal actuación (fs. 74 y 75), y como consecuencia de ello, se ordena librar nueva boleta, sin incurrir en el error advertido, y de igual manera se designa a la abogada en ejercicio GREISSY MONTANER, titular de la cédula de identidad N° 16.036.015, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 112.496, como Defensora Judicial de la parte demandada, ciudadano LUIS FERNANDEZ BELLO, venezolano, mayor de edad, domiciliado en la Av. Concepción Mariño del Valle del Espíritu Santo, Conjunto Residencial Valle Arriba, Edf. La Caracola, apto. 1.3.B, Municipio García de este Estado, y titular de la cédula de identidad N° 1.917.559; con motivo del juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO intentara el ciudadano JENS BOLDUAN, Expediente N° 25.190, a quien se ordena notificar a fin de que comparezca por ante este Tribunal al tercer (3er) día de despacho siguiente a que conste en autos su notificación, a dar su aceptación o excusa, y en el primero de los casos preste el juramento de Ley. Líbrese la correspondiente boleta. Cúmplase.-
AVC/mg/mcf.-