REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución
de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del
estado Bolivariano de Nueva Esparta
La Asunción, veintitrés de enero de dos mil dieciocho
207º y 159º


ASUNTO: OP02-V-2018-000012

PARTE ACTORA: Dra. Dalia Carrillo en su carácter de Fiscal Sexta del Ministerio Público por requerimiento de la ciudadana YANURIS DEL VALLE FUENTES RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 15.203.110. PARTE DEMANDADA: CARLOS DAVID SALAZAR SALAZAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 15.675.378. BENEFICIARIO: (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN LA LOPNNA). MOTIVO: Fijación de Obligación de Manutención (Desistido).

Se inicia la presente con demanda incoada por la Dra. Dalia Carrillo en su carácter de Fiscal Sexta del Ministerio Público por requerimiento de la ciudadana YANURIS DEL VALLE FUENTES RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 15.203.110. PARTE DEMANDADA: CARLOS DAVID SALAZAR SALAZAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 15.675.378 contra el ciudadano CARLOS DAVID SALAZAR SALAZAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 15.675.378 en beneficio de la adolescente (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN LA LOPNNA). En su oportunidad es admitida la demanda, ordenándose la notificación de la demandada y una vez a derecho la misma, se fijó oportunidad para llevar a cabo la fase de mediación de la Audiencia Preliminar para el día 18.04.2018. Anunciado el acto se dejó constancia de la incomparecencia de ambas partes, fue concedido un lapso de espera de treinta minutos (30), no se constató la presencia de los interesados siendo que tampoco consta de autos que hubiere sido justificada su incomparecencia; ello así, y atendiendo el contenido del articulo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Juzgado Tercero de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y con fundamento en la norma invocada, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO, incoado por la Dra. Dalia Carrillo en su carácter de Fiscal Sexta del Ministerio Público por requerimiento de la ciudadana YANURIS DEL VALLE FUENTES RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 15.203.110, contra el ciudadano CARLOS DAVID SALAZAR SALAZAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 15.675.378 en beneficio de la adolescente de autos, dada la incomparecencia de ambas partes a la audiencia y TERMINADO éste mediante Sentencia Oral proferida y publicada en esta misma fecha. SEGUNDO: EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en atención a la citada norma, haciéndosele saber a la parte que transcurrido un mes, podrán intentar nuevamente su demanda. TERCERO: Devuélvanse los documentos originales a las partes, previa su certificación en autos y remítase al Archivo Regional para su resguardo y cuido.
Publiques y Regístrese
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección del Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, en La Asunción a los dieciocho (18) días del mes de abril del año dos mil dieciocho. (2018). Años 207º de La Independencia y 159º de La Federación.
La Jueza.

Yvette Moy Paván.
La Secretaria.

Merlyn Prieto Velásquez