TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCÍA, VILLALBA, TUBORES, VILLALBA Y PENÍNSULA DE MACANAO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA.
Porlamar 27 de Noviembre de 2017
207° y 158°
Vista la diligencia suscrita por la ciudadana CLESAIDA MARGARITA RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, venezolana, Mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.202.872. Debidamente asistida por la Abogada CAROLINA RODRÍGUEZ DÍAZ, Defensora Publica con competencia en Materia Inquilinaria; parte demandada y la Ciudadana IVON MARIBEL MARCANO CARREÑO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.675.666, debidamente asistida por la abogada CRUZ YASMINA SALAZAR, Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 27.846. parte demandante; en la cual celebraron transacción para realizar la entrega del inmueble objeto de la presente demanda, por la demandada en un lapso de Un (01) año contados a partir del día de hoy 27-11-2017, quedando en el entendido que la entrega se efectuara el 27-11-2018, Libre de Bienes y personas comprometiéndose a conservarlo en buen estado de mantenimiento y funcionamiento, Este Tribunal provee de conformidad con lo solicitado y por cuanto el presente acuerdo no vulnera normas de orden público, en consecuencia Homologa el presente CONVENIMIENTO, como sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada, a los fines legales pertinentes. Conforme lo establece el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.
LA JUEZA PROVISORIA,
ABG. MARIANNY VELÁSQUEZ SALAZAR.
LA SECRETARIA TITULAR,
Abg. Horiana Gómez Gómez.
Nota: en esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior. Conste.
LA SECRETARIA TITULAR
Abg. Horiana Gómez Gómez.
Exp. Nº 1622-17.
MVS/hgg*
|