REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta
La Asunción, veintitrés de septiembre de dos mil dieciséis
206º y 157º
ASUNTO: OP02-V-2016-000094
En el día de hoy, veintitrés de septiembre de dos mil dieciséis, siendo las dos y treinta de la tarde (02:30 p.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia de Inicio de Mediación a que se contrae el artículo 469 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en el procedimiento de Revisión de Custodia y los recaudos que la acompañan, presentado por la ciudadana Alicia Maria García Moreno, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-15.279.032, en beneficio de sus hijos los hermanos Identidad Omitida de conformidad con el Artículo 65 de la LOPNNA contra el ciudadano Jorge Alirio Carrero Rincón, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-5.659.109. Se constituye este Juzgado a fin que tenga lugar la indicada audiencia. Anunciado el acto por el Alguacil adscrito a este Circuito de Protección se deja constancia que comparecieron ambas partes. Se dio inicio a la Audiencia, como quiera que no hubo mediación, esta Jueza Decreta Medida Cautelar Provisional y solo hasta que concluya la sustanciación respecto a la convivencia del niño Identidad Omitida de conformidad con el Artículo 65 de la LOPNNA con su madre a quien se le hace entrega para que una vez que se fije la ultima de las audiencia de la fase de sustanciación se decida sobre la permanencia del niño con su madre. Se aclara que el niño quedará bajo los cuidados de su madre quien se compromete con el padre y con la Jueza a llevarlo al medico y darle todos los cuidados especiales porque el niño tiene problemas de lenguaje y se ordena participar lo conducente mediante oficio a la Zona Educativa del Municipio Montes del estado Sucre para que se ocupen de lograr un cupo estudiantil al niño asi como también se ordena librar oficio a la Unidad Educativa Maria Luisa Carrillo en el sector Cruz del Pastel para retirarle los papeles y que la madre se lo lleve al estado sucre. Se da por concluida la audiencia y se fijará la sustanciación por auto separado. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez,


Fanny Luz Márquez

La parte actora,

La parte demandada,


La Secretaria,


Katty Solorzano.