REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta
La Asunción, veinticinco de octubre de dos mil dieciséis
206º y 157º
ASUNTO: OH04-X-2016-000051
MODIFICACIÓN DE HORARIO Y LUGAR REGIMEN DE CONVIVENCIA SUPERVISADO

Revisado el contenido de los Informes Descriptivos Nº 1 y Nº 2 contentivo de encuentros supervisados de Régimen de Convivencia Familiar Supervisado entre el progenitor no custodio ciudadano Gerardo Marcano y la niña “ Cuyo nombre se omite de conformidad con lo establecido con el artículo 65 de L.O.P.P.N.A.”, nacida el 23-01-2013, actualmente de tres (03) años de edad, los mismos denotan una convivencia satisfactorias entre padre e hija y tomando en consideración las recomendaciones realizadas por el equipo multidisciplinario que acompaña la medida y en la cual refieren, copio: “(…) La comisión aprecia que cumplidos dos encuentros supervisados y visto que no han sido apreciadas situaciones o conversaciones que impliquen algún riesgo para la integridad emocional de la niña y observando la necesidad de ambas partes de compartir por un lapso mayor de tiempo y su inquietud de hacerlo en un espacio diferente al destinado dentro de la OEM para ello, se sugiere que el último encuentro estipulado para el día miércoles 26 de Octubre pueda efectuarse de 1:00 a 3:30 p.m. en el Centro Comercial Ecocenter ubicado en el Valle, Municipio García que dispone de feria y parque infantil de forma de observar como el padre maneja la rutina de alimentación de la niña y se establece la comunicación y el vínculo entre ambos en un lugar menos estructurado”. En consecuencia, en virtud de lo indicado, de conformidad con lo establecido en los artículos 27 y 32 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal Cuarto de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en uso de sus atribuciones acuerda MODIFICAR el horario y lugar para la ejecución de la Medida preventiva de carácter Provisional y Supervisado del día miércoles 26-10-2016 a favor de la niña de autos, en tal sentido, se establece que la misma se llevará a efecto el día antes señalado en el Centro Comercial Ecocenter ubicado en el Valle, Municipio García, área de feria y parque infantil, en horario de 1:00 a 3:00 de la tarde.
Para el cumplimiento de lo aquí decidido se les insta a los padres a ser puntuales con el mismo, y quienes deberán comparecer a el lugar indicado, a la hora señalada. Ofíjese lo conducente al Equipo Multidisciplinario adscrito a este Circuito Judicial. Líbrese Oficios. Cúmplase.
Regístrese y Publíquese. Dada, firmada y sellada en el despacho del Tribunal Cuarto de Primera Instancia del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta. La Asunción, (25) días del mes de Octubre de 2016. Años 201° de la Independencia y 152º de la Federación.
La Jueza,

Abg. Franmilys Díaz Rodríguez
La Secretaría,

Abg. Yiseida Mora Lamus

Siendo la hora que registra el Sistema Juris 2000, se registra y agrega a los autos la presente sentencia.
La Secretaría,
Abg. Yiseida Mora Lamus