REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta
La Asunción, treinta (30) de noviembre de dos mil dieciséis (2016)
206º y 157º

ASUNTO: OP02-L-2016-000131

Visto que se declaró concluida la Prolongación de la Audiencia Preliminar en fecha veintiuno (21) de noviembre de dos mil dieciséis (2016), y consignado como ha sido en fecha veintinueve (29) de noviembre de dos mil dieciséis (2016), el escrito de contestación de la demanda por el Abogado ADALBERTO ORTA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo en Nº 217.705, en su carácter de Apoderado Judicial de la ASOCIACIÓN DE TRANSPORTE MARÍTIMO ISLA DE COCHE, A.C.; en consecuencia, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, ordena remitir el expediente Nº OP02-L-2016-000131, al Tribunal de Juicio competente, de conformidad con lo previsto en el artículo 136 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-
La Jueza,


Dra. Gricelda Martínez Cedeño.
La Secretaria


GMC/dc.-