REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta
La Asunción, veintitrés de mayo de dos mil dieciséis
205º y 157º
ASUNTO: OP02-V-2015-000494
Motivo: (Desistimiento)

Se recibe esta causa correspondiente a Demanda de DIVORCIO CONTENCIOSO incoada por el ciudadano GUSTAVO FRANCISCO ORTEGA LARES venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.969.554, de este domicilio, debidamente asistido por la Abg. Nelida Villoria, Inpreabogado N°52.423. contra la ciudadana IVETTE ACOSTA venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.042.712 respectivamente, con ocasión a las declaratorias Con Lugar de las Inhibiciones planteadas por las Juezas de los Tribunales Primero y Tercero de Mediación, Sustanciación y Ejecución en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta respectivamente, siendo que en fecha 10-12-2015 la referida parte actora procede a desistir del presente procedimiento, reservándose el ejercicio de la acción, abocándose en fecha 09.05.2016 al conocimiento de esta causa quien suscribe.

Analizadas como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto y leído el contenido de la referida diligencia en donde se Desiste del presente procedimiento, esta Jueza Cuarta de Primera Instancia de Protección del Niño, Niña y Adolescente del estado Nueva Esparta, conforme al contenido de los Artículos 263 y 265 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA DICHO DESISTIMIENTO en los términos expuestos por el precitado ciudadano, considerándolo como asunto pasado en autoridad de cosa juzgada.

Remítase este Asunto al archivo para su custodia y cuido, una vez se encuentre firme la presente decisión. Cúmplase.

Dada, firmada y sellada en el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, en La Asunción, a los veintitrés (23) días del mes de mayo del año 2016. Años 205º de la Independencia y 157º de la Federación.
La Jueza

Abg. Eudy Díaz Díaz.
La Secretaria

Abg. Marli Luna.