REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta
La Asunción, 16 de marzo de dos mil dieciséis
205º y 157º
ASUNTO: OP02-V-2016-000054
ACTORA: YUDIT CAROLINA CHAPARRO MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 14.685.902.
DEMANDADA: VICTOR JOSE ZABALA MORENO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 12.221.997.
MOTIVO: REVISION DE OBLIGACION DE MANUTENCION.
Se recibió por distribución de fecha 01.02.2016 demanda incoada por la ciudadana YUDIT CAROLINA CHAPARRO MARTINEZ, por intermedio de la Fiscalía Sexta del Ministerio Público, contra el ciudadano VICTOR JOSE ZABALA MORENO por Revisión de Obligación de Manutención a favor de los hermanos identidad omitida, se admitió la misma en fecha 10.02.2016, se ordenó la notificación del demandado, la cual se verificó en fecha 18.02.2016, fijándose el inicio de la fase de mediación de la audiencia preliminar en auto de fecha 23.02.2016, para el día 16.03.2016 a las 10:00 de la mañana. Llegada la oportunidad, anunciado dicho a las puertas del Circuito Judicial de Protección, por el Alguacil, NO compareció la parte actora, se deja constancia de la presencia del demandado, a tal efecto se le concedió media hora de espera. Transcurrido dicho lapso, sin que se hubiere verificado la comparecencia de la parte actora, se constituye en el Despacho del Tribunal Tercero de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, la Jueza Temporal Evelyn Martínez Pérez, a los fines de continuar la celebración de la audiencia, pero vista la NO COMPARECENCIA DE LA DEMANDANTE de manera personal, es por lo que esta Jueza Temporal Tercera de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, y a tenor de lo establecido en el articulo 472 de la citada Ley Especial, declara: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO incoado por la ciudadana YUDIT CAROLINA CHAPARRO MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 14.685.902, dada su no comparecencia a la audiencia y TERMINADO éste mediante Sentencia Oral proferida y publicada en esta misma fecha. SEGUNDO: EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en atención a la citada norma, haciéndosele saber a la parte que transcurrido un mes, podrán intentar nuevamente su solicitud. TERCERO: Devuélvase originales a las partes, previa su certificación en autos. Así se Decide.”
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, en La Asunción, a los dieciséis (16) días del mes de marzo del año 2016. Años 205º de la Independencia y 157º de la Federación.
La Jueza
Abg. Evelyn Martínez Pérez La Secretaria Acc,
Abg. Liaseth Cazorla
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