JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCÍA, TUBORES, VILLALBA Y PENÍNSULA DE MACANAO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA. Porlamar, 13 de Junio de 2016.
206° y 157°

Vista la diligencia suscrita por el ciudadano EFREN CARLOS TORCAT ROJAS, titular de la cedula de identidad No. V-2.169.799, asistido por el Abogado José Rodríguez Gutiérrez, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 18.095, mediante la cual desiste de la presente demanda por Desalojo de Local Comercial, e igualmente solicita le sean devueltos los originales cursantes en los folios 20 al 28, 29 y su vuelto, 30 y del 31 al 40. Este Tribunal provee de conformidad con lo solicitado, en consecuencia Homologa el presente DESISTIMIENTO de conformidad a lo previsto en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo se ordena desglosar los originales solicitados que cursan a los folios 20 al 28, 29 y su vuelto, 30 y del 31 al 40 de la presente demanda, y dejar en su lugar copia certificada de los mismos, tal como lo establecen los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, igualmente se insta a la parte actora a consignar los medios necesarios para las copias certificadas.
La Jueza,


Abg. Marianny Velásquez Salazar


La Secretaria


Abg. Horiana Gómez Gómez
Exp. 1571-15
MVS/hgg/cdl