REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta.
La Asunción, veintidós (22) de febrero de dos mil dieciséis (2016)
205º y 157º
ASUNTO: OP02-L-2014-000368

Vista la diligencia presentada en fecha 18-02-2016 por la Abogada en Ejercicio MARIA DE LOS ANGELES RODRIGUEZ, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 57.476, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte demandada, ciudadano CARLOS ENRIQUE RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 8.397.626, mediante la cual solicita: “sea realizada inspección judicial en la sede de la empresa demandada “CARPINTERIA LAS 4A C.A.” para que el tribunal verifique “in situ” que ya en el local no hay ningún bien (maquinaria) objeto de embargo, todas fueron vendidas, incluso en el local ya no funciona la empresa en cuestión. El tiempo transcurrido desde el incumplimiento de la demandada al acuerdo no cumplió con los principios de celeridad, brevedad e inmediatez y no ha habido pronunciamiento alguno a pesar de las solicitudes que garantizaran el respeto y cumplimiento a una buena sentencia judicial y a los derechos del trabajador en el presente caso una vez practicada la inspección con la urgencia del caso pido se proceda a oficiar al ministerio público ya que si bien es cierto no hay prisión por deudas hay la presunta comisión de un fraude procesal en contra del trabajador que represento”; En consecuencia de lo antes expuesto este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución NIEGA lo solicitado por cuanto los tribunales de Sustanciación, Mediación y Ejecución no tienen potestad para verificar ni constituir pruebas y de acuerdo a lo expresado en el artículo 111 de la LOPT es el tribunal de Juicio quien conoce de la prueba de Inspección Judicial, en tal sentido este juzgado se encuentra a la espera de que el experto contable consigne la experticia para luego proceder a la ejecución forzosa. Así mismo este tribunal solicita de la parte accionante algún elemento de prueba que haga presumir la comisión de un fraude procesal en contra del trabajador, con el fin de oficiar lo conducente al Ministerio Público. -
EL JUEZ,


DR. FIDEL HERNÁNDEZ

LA SECRETARIA



FH/icm.-