REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta.
La Asunción, dieciocho (18) de febrero de dos mil dieciséis (2016)
205º y 156º

ASUNTO: OP02-L-2015-000255

Por cuanto en fecha veintiséis (26) de enero de dos mil dieciséis (2016), se celebró la Audiencia Preliminar en la presente causa y en fecha diez (10) de febrero de dos mil dieciséis (2016) este Juzgado HOMOLOGÓ EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada, de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y por cuanto consta en autos el pago acordado en el acuerdo suscrito por las partes. En consecuencia, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, da por terminado el procedimiento y ordena el archivo del expediente. Cúmplase.-
LA JUEZA,

Dra. GRICELDA MARTÍNEZ CEDEÑO.





LA SECRETARIA.
GMC/cds.-