REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ARISMENDI, ANTOLÍN DEL CAMPO Y GOMEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA.- La Asunción, Veintitrés (23) de Febrero de Dos Mil Dieciséis.-

205º y 156º

ASUNTO: Solicitud N° 2015-093
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (PERENCIÓN DE LA INSTANCIA)
JUICIO: CIVIL (Jurisdicción Voluntaria)
SOLICITANTE: MAIRA FELICIA RODRIGUEZ
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO


El presente juicio se inicio en virtud del libelo de demanda por solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana MAIRA FELICIA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad Nro. V-13.669.324, actuando en nombre propio.

Recibida por distribución en fecha 23-01-2015, folio (16) y su vuelto.

Mediante Auto de fecha 27/01/2015, este Tribunal admitió la presente solicitud ordenando su entrada, ordenándose fijar el tercer día para la evacuación de los testigos y ordenando librar oficio al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminálistica. . Folio (17.)
En fecha 30-01-2015, se llevo a cabo el acto declaración de testigos, declarando el ciudadano Teodoro Francisco Martínez, quien luego de ser juramentado expuso sus declaraciones. Folio (19)
En fecha 30-01-2015, se llevo a cabo el acto declaración de testigos, declarando el ciudadano Luís Ramón Marcano, quien luego de ser juramentado expuso sus declaraciones. Folio (20)
Ahora bien, de la previa revisión de las actuaciones que conforman la presente causa, pasa este Tribunal de Municipio a dictar pronunciamiento previo las siguientes consideraciones:

Establece el Articulo 267 del Código de Procedimiento Civil: “Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes…”.

Al respecto, de lo antes narrado observa este Tribunal de Municipio que la ultima actuación del Tribunal fue en fecha 30/01/2015, y desde allí no se evidencian actuaciones llevadas a cabo por la parte solicitante, a los fines de impulsar la presente solicitud, lo cual conlleva a que sea decretada la perención de la instancia, por el decaimiento de la acción. Y así se declara.-

DISPOSITIVA

Por todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ARISMENDI, ANTOLÍN DEL CAMPO Y GOMEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en la presente solicitud por TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana MAIRA FELICIA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad Nro. V-13.669.324; y en consecuencia, se ordena proceder como Sentencia Pasada por Autoridad de Cosa Juzgada, todo ello, conforme a lo establecido en el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil. Y así se decide.-

Regístrese, Publíquese y Déjese copia certificada por Secretaría.

DADA, FIRMADA Y SELLADA en la Sala de Despacho del TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ARISMENDI, ANTOLÍN DEL CAMPO Y GOMEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA, a los Veintitrés (23) días del mes de Febrero del año dos mil Dieciséis (2016). Años: 205° de la Independencia 157° de la Federación.-
LA JUEZ,

ABG. LISBETH VELASQUEZ ORDAZ


LA SECRETARIA, TEMPORAL

ABG. LUISANDRA CAZORLA

LVO/mvs.
Solicitud 2015-093

En la misma fecha 23-02-2016, y previa las formalidades de Ley, se publicó y registró la anterior decisión. Conste.-


LA SECRETARIA, TEMPORAL


ABG. LUISANDRA CAZORLA