REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO MANEIRO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
PAMPATAR, veinticinco (25) de febrero del año 2.016.-
Vistas las testimoniales rendidas por los ciudadanos KERVIN JOSE SOSA RIVERA y ANGEL GUSTAVO RUIZ PEREZ, quienes fueron precisos en señalar que conocen a los solicitantes de vista trato y comunicación desde hace varios años, de la misma manera los testigos manifestaron que saben y le consta que con dinero de sus propios peculios los solicitantes construyeron una vivienda unifamiliar, asimismo, manifestaron que saben y les consta que la construcción se realizo entre los años 2011 y 2012, de la misma forma manifestaron que es cierto y le consta que los gastos realizados para levantar las bienhechurias incluyendo materiales y mano de obra, alcanzaron la suma de CINCO MILLONES DE BOLIVARES Bs. (Bs. 5.000.000, ); el Tribunal comprobado cómo ha sido el derecho que la solicitante alega y administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones TITULO SUFICIENTE DE POSESION (Bienhechurias), a favor de los ciudadanos KARINA MARGARITA BENITEZ DUGARTE y DOUGLAS RAMON GONZALEZ ALFONZO, venezolanos, mayores de edad, identificados con las cédulas de identidad nros. V-13.287.179 y V-7.920.846, respectivamente, sobre unas bienhechurias conformada en un área de construcción de DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS (274,55 mts2), construidas sobre una parcela signada con la letra y numero F-3B, la cual se encuentra ubicada en el parcelamiento VISTAMAR, ubicado en el sector Agua de Vaca, de la ciudad de Pampatar, Municipio Maneiro del Estado Nueva Esparta, cuyo documento de parcelamiento se encuentra debidamente protocolizado por ante la oficina de Registro Inmobiliario del Municipio Maneiro del estado Nueva Esparta, en fecha 28-05-2002, anotado bajo el Nro. 36, folios 166 al 187, Tomo 4, protocolo Primero, segundo trimestre de 2.002, dicha parcela de terreno tiene una superficie de CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (448,00 mts2), comprendida dentro de las medidas y linderos siguientes: NORTE: en veintiocho metros (28,00 mts), con la parcela signada como H-3D; SUR: en veintiocho metros (28, 00 mts), con la parcela signada como F-2D, ESTE: En dieciséis metros (16,00 mts), con calle interna Nro. 9, de seis metros de ancho y OESTE: en dieciséis metros (16 mts), con la parcela F3-A, catastro nro. AV21192, 17-06-01-U01-007-011-005-000-000-000, el cual le pertenece a los solicitantes según consta de documento protocolizado por ante la oficina de Registro Inmobiliario del Municipio Maneiro del estado Nueva Esparta, en fecha 28-04-2011, inscrito bajo el Nro. 2010.645, asiento registral 2, del inmueble matriculado con el nro. 396.15.4.1.12445 y correspondiente al libro de folio real del año 2010.---------------------------------------------------
Se deja a salvo los derechos de terceros de conformidad con el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y se advierte que la presente declaratoria basada en las declaraciones de testigos de quienes se presume la buena fé y de los recaudos anexos a la presente solicitud, en ningún caso causara efecto de cosa Juzgada y que perderá toda eficacia o valor jurídico para el caso de que se demuestre lo inexactitud de los hechos afirmados por la solicitante.-----------------------------------------------------------------------


Déjese constancia de este decreto en el libro diario llevado al efecto por este Tribunal y devuélvanse los originales de las presentes actuaciones al solicitante, dejándose en su lugar copias certificadas, las cuales se expedirán de conformidad con lo artículos 111 y 112 del código de Procedimiento Civil, autorizándose para las mismas a la ciudadana LUISA BELINDA GOMEZ FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V- 12.673.656, Asistente de este Tribunal.-------------
El Juez,

Dr. José Gregorio Pacheco,
La Secretaria,
NOTA: En fecha 25-02-2016, se dicto y público el anterior decreto, previa las formalidades de Ley bajo el Nro. 2016- 1950 , siendo las 11:00 a.m. Conste.-------
La Secretaria,

Abg. YENNIFER SOTO VELASQUEZ.


Solicitud Nro. 2016-2839.
Luisa. DIARIZADO:
Fecha: ___/___/___
NRO.___________
FOLIO__________