REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta.
La Asunción, ocho (8) de enero de dos mil dieciséis (2016).-
205º y 156º
ASUNTO Nº OP02-L-2012-000121
Visto que se declaró concluida la Audiencia Preliminar en fecha 06 de agosto de 2015 y vencido como se encuentra el lapso de cinco (05) días para que la parte demandada consigne su respectivo escrito de contestación de la demanda, se ordena remitir el presente Asunto Nº OP02-L-2011-000461, constante de cuatro (4) piezas, la No. 1, constante de trescientos trece (313) folios útiles; la No. 2, constante de trescientos cuarenta y seis (346) folios útiles; la No. 3, constante de trescientos veintiún (321) folios útiles; y, la No. 4, constante de dieciséis (16) folios útiles, al Tribunal de Juicio del Trabajo, de conformidad con lo previsto en el artículo 136 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Asimismo, se deja constancia que la consignación del escrito de contestación de la demanda fue extemporánea. Líbrese Oficio de Remisión. Cúmplase.-

EL JUEZ


Dr. FIDEL HERNÁNDEZ.



LA SECRETARIA.



FH/scj.