REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ARISMENDI, ANTOLÍN DEL CAMPO Y GOMEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA.- La Asunción, Veintisiete (27) de Enero de Dos Mil Dieciséis.-
205º y 156º
ASUNTO: S-2016-453
Vistas y analizadas las actas procesales que conforman la presente SOLICITUD DE DECLARACIÓN DE TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano AGUSTIN RAFAEL ANDARCIA HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-8.390.140, donde peticiona se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre un vehículo el cual posee las siguientes características: MARCA: HORNET, TIPO: SEDAN, MODELO: CONCORD-D-L, AÑO: 1979, COLOR: AZUL, CLASE: AUTOMOVIL, SERIAL DE CARROCERIA: 2CMCA0550CB727446, PLACAS: 178-093.- En este sentido, y teniéndose presentes las declaraciones de los Testigos LEONEL JOSÉ MARÍN ADRIÁN y GREGORY DEL VALLE MARTÍNEZ BEJARANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.395.035 y V-9.428.617, respectivamente, quienes fueron conteste en responder que si lo conocen de vista, trato y comunicación y que adquirió el vehículo con las características antes descritas y que ha venido poseyendo el vehículo desde el año 2000, con todos los atributos de la posesión legítima y que nunca ha sido perturbado en su derecho exclusivo como propietario, y visto lo arrojado por CONSTANCIA DE EXPERTICIA, de fecha 20/01/2016, emanada del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas Sub Delegación Porlamar del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, en la cual se evidencian los datos y características del referido vehículo y en virtud de la competencia conferida a los Juzgados de Municipio, mediante Resolución No. 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, Publicada en Gaceta Oficial No. 39.152, de fecha 02/04/2009, y de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, éste TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ARISMENDI, ANTOLIN DEL CAMPO Y GOMEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara TÍTULO SUPLETORIO de posesión que ejerce el ciudadano AGUSTIN RAFAEL ANDARCIA HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de
Identidad No. V-8.390.140, sobre el Vehículo antes descrito en el presente Decreto; dejando a salvo los derechos de terceros, y se advierte que la presente declaratoria basada en declaraciones de testigos, de quienes se presume la buena fe, así como de los recaudos anexos, en ningún caso causará efecto de cosa juzgada, y que perderá toda eficacia o valor jurídico, para el caso de que se demuestre la inexactitud de los hechos afirmados por el solicitante. Asimismo, se ordena devolver los originales de las presentes actuaciones a la parte solicitante. Déjese constancia de este decreto en el libro diario llevado al efecto por este Tribunal. Asimismo, se ordena devolver los originales de las presentes actuaciones a la parte solicitante, dejándose en su lugar copias certificadas del presente decreto, las cuales se expedirán de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.-
LA JUEZ,


Abg. LISBETH VELASQUEZ ORDAZ

LA SECRETARIA,


Abg. MARIANNY VELASQUEZ SALAZAR
LVO/MVS
Sol. 2016-453


En la misma fecha 27-01-2016, se publicó y registro la anterior decisión. Conste.-

LA SECRETARIA,



Abg. MARIANNY VELASQUEZ SALAZAR