REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
San Juan Bautista, 6 de diciembre de 2016
205° Y 157°
EXPEDIENTE: Q-1134-15.

ESCRITO DE PRUEBAS DE LA
PARTE QUERELLANTE

Visto el escrito de pruebas presentado en fecha 17 de noviembre de 2016, por el abogado ANTONIO RAMON ACOSTA NUÑEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.344.481, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 121.415, actuando en nombre y representación de la ciudadana SHIRLEY OFELIA DOMINGUEZ VARENZUELA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 13.139.634, constante de dos (2) folios útiles, y siendo la oportunidad para su admisión, el Tribunal observa:
Con respecto a las pruebas instrumentales promovidas en los numerales 1, 2, 3 y 4, del Capitulo I, consignadas con el escrito de pruebas marcadas con las letras “A, B, C y D”, este Tribunal por cuanto las mismas no son manifiestamente impertinentes las admite salvo su apreciación en la definitiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 429 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.

ESCRITO DE PRUEBAS DE LA PARTE QUERELLADA
No presento escrito de pruebas.

EL JUEZ,

Abg. HERMES BARRIOS FRONTADO
LA SECRETARIA,

Abg. JULIETA MARÍA SALAZAR BRITO



Exp. Nº Q-1134-15
HBF/jmsb/cesar